Cómo comprar bienes en Estados Unidos y enviarlos a alguien en Cuba
Artículos de uso personal y familiar bajo la Excepción de Licencia SCP de BIS (15 CFR §740.21(b)(2)) y 31 CFR §515.533 — comprados a un comercio de EE. UU., enviados desde Estados Unidos, pagados por un carril cribado.
Para quién: Familiares en el exterior; cubanos que compran en tiendas de EE. UU. con su propio saldo (pendiente ante la OFAC)
Que una persona de EE. UU. pague está permitido. Que pague una persona en Cuba desde su propio saldo de QvaPay, y que fondee ese saldo por conversión entre pares, es la posición legal de QvaPay, presentada a la OFAC (caso CU-2025-1426925-1) y aún no confirmada. No uses esta página como autorización; que tu propio abogado lo confirme.
Los bienes comprados a un comercio de EE. UU. y enviados desde Estados Unidos a una persona en Cuba para uso personal o familiar son una exportación autorizada — §740.21(b)(2) del lado de Comercio, §515.533 del lado del Tesoro — y el pago es ordinariamente incidental. El vendedor es un comercio de EE. UU. que envía desde Estados Unidos; lo que importa es que salgan de Estados Unidos bajo una autorización de Comercio. El uso decide el carril: los bienes para un negocio siguen la guía de exportación.
¿Está permitido? La autoridad legal
- Quién envía
- Un pagador en Estados Unidos, en el exterior o en Cuba, cribado, que compra artículos elegibles — EAR99 o controlados solo por antiterrorismo — a un comercio en Estados Unidos que los exporta para entrega a una persona en Cuba. El vendedor es un fabricante o distribuidor de EE. UU. que vende desde Estados Unidos, primero lo hecho en EE. UU. A un comercio fuera de Estados Unidos que vende bienes de fabricación extranjera no se le paga.
- Quién recibe
- La persona en Cuba que recibe los artículos para uso personal o familiar — cotejada contra los funcionarios excluidos de §740.21(d)(4)(ii)–(iii). La prueba de uso decide la vía: los bienes para un negocio son otro flujo con otras condiciones.
Excepción de Licencia SCP de BIS 15 CFR §740.21(b)(2) (uso personal y de la familia inmediata) · 31 CFR §515.533 (exportación desde Estados Unidos; pago ordinariamente incidental bajo §515.421) — la suspensión del 4 de marzo de 2026 alcanzó solo al (b)(1).
Paso a paso
- 1Elige artículos elegibles: EAR99 o controlados solo por antiterrorismo — enseres, ropa, teléfonos, laptops, medicinas de uso personal.
- 2Compra a un comercio en Estados Unidos que envíe a Cuba o a una mensajería con destino a Cuba; el comercio es el exportador.
- 3Paga por QvaPay: el pagador — con identidad verificada esté donde esté; un pagador fuera de Estados Unidos y de Cuba aporta además prueba de domicilio y origen de fondos — fondea la compra; Sentinel criba a pagador, destinatario y comercio, y QvaPay registra la relación pagador–destinatario. Las compras repetidas de los mismos bienes a los mismos destinatarios o a destinatarios relacionados se tratan como mercancía comercial, que pertenece al flujo de exportación.
- 4El comercio presenta el EEI en AES para todo envío a Cuba sin importar el valor (salvo paquetes de regalo bajo la Excepción GFT) y envía; una mensajería puede consolidar y entregar a la persona en Cuba. La venta es a la persona en Cuba que usará los artículos (§740.21(b)(2)); cuando un familiar en Estados Unidos compra la mercancía y la envía como regalo, la exportación suele ir bajo la Excepción de Licencia GFT (§740.12). Un comprador que revende o compra para terceros queda fuera de ambas.
- 5El destinatario guarda la factura — la aduana cubana aplica sus propias franquicias y aranceles de importación personal.
Cómo lo hace QvaPayTramo P2P dondequiera que se originó el QUSD
- El dinero nunca entra en Cuba — solo los bienes, por courier a un domicilio particular.
- Ningún banco cubano; ningún importador o distribuidor estatal en la ruta.
- La prueba de uso personal en el punto de venta es lo que mantiene esto en §740.21(b)(2), fuera de la suspensión de marzo de 2026.
El lado en CUP/MLC de un intercambio entre pares se liquida entre los dos pares fuera de QvaPay — en efectivo o a través de la cuenta bancaria cubana propia del par. QvaPay no custodia, mueve, ve ni certifica ese tramo; registra solo el lado en QUSD. Los pares operan con fondos propios, declaran su actividad, tienen límites de volumen según ella y se revisan cuando los superan; un par ubicado en Estados Unidos no puede operar en el mercado. El fondeo en cripto se acepta solo en USDC desde direcciones de billetera cribadas; las entradas desde billeteras no custodiadas reciben revisión del origen de fondos, y aplica el mismo registro desde 3 000 USD.
Cribado: Pagador y consumidores finales nombrados cribados, incl. el cotejo de funcionarios excluidos §740.21(d)(4)(ii)–(iii); comercio y consolidador cribados y el comercio confirmado como estadounidense; factura y registro de entrega retenidos. Se rechazan comercios fuera de Estados Unidos que venden bienes de fabricación extranjera.
Describe el diseño del riel de ejemplo; no es una determinación de que alguna transferencia esté autorizada. El tramo P2P, explicado →
- ✓Factura del comercio a nombre del destinatario individual en Cuba.
- ✓Identidad del destinatario (carnet) para el cribado.
- ✓Seguimiento de la mensajería / prueba de exportación desde Estados Unidos.
- ✕Enviar bienes que un negocio revenderá — eso es el flujo de exportación, con sus propias condiciones.
- ✕Enviar a un funcionario excluido bajo §740.21(d)(4) o a un miembro prohibido del Partido (el Buró Político, §515.338).
- ✕Enviar desde un tercer país: una empresa de propiedad estadounidense en el exterior no puede vender bienes no estadounidenses a Cuba directamente (§515.533(a)(2)).
- ✕Intentar rodear estas reglas — fraccionar pagos, usar un conducto, pagar por un tercero no identificado. Esos intentos se rechazan y pueden reportarse como exige la Ley de Secreto Bancario (31 CFR §1022.320).
La laptop y el glucómetro de Normailustración compuesta
Norma compra dos cosas para Matanzas: una laptop reacondicionada para Yunior, 430 USD, y un glucómetro con seis meses de tiras reactivas para su abuela Zoraida, 180 USD.
El glucómetro es EAR99. La laptop es cifrado de mercado masivo, 5A992.c, controlada solo por antiterrorismo — también elegible. Ambos se compran a un comercio en Miami, que los exporta con un courier hasta la puerta de la familia. Desde el 30 de septiembre de 2026 QvaPay no pagaría a un comercio fuera de Estados Unidos por bienes de fabricación extranjera; la misma compra a una tienda en el exterior sería rechazada.
La autoridad es la Excepción de Licencia SCP de BIS en 15 CFR §740.21(b)(2) — artículos vendidos directamente a personas en Cuba para su uso personal o el de su familia inmediata — con 31 CFR §515.533 autorizando el pago incidental ordinario a esa exportación. El párrafo (b)(2) no exige embarque directo a la persona, de modo que la consolidación por un courier es válida siempre que los artículos estén finalmente destinados a Yunior y Zoraida para uso personal. Lo están, y el expediente lo documenta.
Dos verificaciones deciden este caso. Yunior y Zoraida fueron cotejados contra los funcionarios excluidos de §740.21(d)(4)(ii)–(iii). Y se aplicó la prueba de uso en el punto de venta: uso personal y familiar, no inventario para un negocio. Eso es lo que sitúa la operación en (b)(2) y no en (b)(1).
La suspensión de BIS de marzo de 2026 no alcanza esta transacción. Se aplicó únicamente a (b)(1).
Ningún banco estatal cubano ni procesadora del régimen. En ningún momento se depositaron fondos extranjeros en banco cubano alguno, y ningún importador o distribuidor estatal cubano estuvo en la ruta — el courier entregó en un domicilio particular.
- Verificación de identidad y cribado del pagador y de los dos consumidores finales nombrados; un pagador fuera de EE. UU. y de Cuba aporta además prueba de domicilio y origen de fondos
- Cotejo SDN y Lista Restringida de Cuba
- Cotejo de funcionarios excluidos §740.21(d)(4)(ii)–(iii) a los destinatarios
- Clasificación registrada: EAR99 o controlado solo por antiterrorismo (5A992.c en la laptop)
- Determinación de uso personal del comercio (la vía (b)(2)) registrada, con la declaración del destinatario
- Comercio de EE. UU. y consolidador cotejados; comercio confirmado como estadounidense
- Factura comercial y registro de entrega retenidos
Ilustración compuesta basada en patrones reales de transacciones de QvaPay. Nombres, montos y datos identificativos han sido cambiados. No es una determinación de que alguna transacción esté autorizada.
Preguntas frecuentes
¿Califican los bienes fabricados fuera de EE. UU.?+
Primero va lo hecho en EE. UU. Las marcas de países aliados califican cuando un distribuidor de EE. UU. las vende desde su propio inventario en EE. UU. y las exporta bajo la misma Excepción SCP que los bienes fabricados en EE. UU.; QvaPay no paga la venta de una fábrica extranjera desviada por Estados Unidos.
Abre QvaPay y sigue los pasos de arriba. Si eres una empresa, un exportador o una organización, escríbenos y te damos de alta caso por caso.
QvaPay, Inc. es una empresa de servicios monetarios registrada en FinCEN (MSB n.º 31000329382692) que presta servicios de pago; no es un banco. Un saldo QUSD es una obligación de pago de QvaPay, Inc., custodiada en Estados Unidos — no es un depósito bancario ni está asegurado por la FDIC. QvaPay reenvía remesas bajo 31 CFR §515.572(a)(3) y procesa pagos autorizados como transacciones ordinariamente incidentales bajo §515.421 (FAQ 756 de la OFAC); la situación de los saldos mantenidos para personas en Cuba está entre las cuestiones planteadas a la OFAC en la solicitud de orientación interpretativa pendiente de QvaPay (caso CU-2025-1426925-1).
Esta guía es información general, no asesoría legal ni una determinación de que una transacción esté autorizada. Las reglas cambian; la fecha de actualización está arriba. Conserva tus propios registros diez años (31 CFR §501.601).